Respuesta rápida: Una factura completa debe incluir número (y serie), fecha de expedición, datos y NIF de quien factura y de quien recibe, descripción de la operación, base imponible, tipo de IVA y cuota, y el total. Si el cliente es empresario o profesional, se expide antes del día 16 del mes siguiente al devengo.
Datos de 2026. Requisitos del Reglamento de facturación (RD 1619/2012), recogidos a 5 de octubre de 2026. Este reglamento fue modificado por el RD 238/2026 para la factura electrónica entre empresas: mira Verifactu y factura electrónica.
Contenido obligatorio de una factura completa
- Número, y serie si la usas. La numeración debe ser correlativa dentro de cada serie.
- Fecha de expedición y, si es distinta, fecha de la operación.
- Nombre o razón social, NIF y domicilio del emisor y del destinatario.
- Descripción de la operación.
- Base imponible, tipo de IVA y cuota (consulta los tipos de IVA).
- Total a pagar.
- Si la operación está exenta, la mención correspondiente.
- Si aplicas retención de IRPF, el porcentaje y el importe.
Ejemplo ilustrativo
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Diseño de logotipo | 500,00 € |
| Base imponible | 500,00 € |
| IVA 21 % | 105,00 € |
| Retención IRPF (si procede) | − importe según tu caso |
| Total | 605,00 € (sin retención) |
Factura simplificada
Puede emitirse cuando el importe no supera 400 € (IVA incluido), o hasta 3.000 € (IVA incluido) en determinadas operaciones, como las de venta al por menor u hostelería. Tiene menos datos, pero no sirve para que un cliente empresario deduzca el IVA igual que una completa: si te la piden completa, emítela completa.
Plazos y conservación
Cuando el destinatario es un empresario o profesional, la factura se expide antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se produjo el devengo. Conserva las facturas durante al menos el plazo de prescripción (cuatro años como regla general).
Cuando hay que corregirla
Si hay un error o un cambio posterior, no se edita la original: se emite una factura rectificativa.
Para cuadrar importes usa la calculadora de IVA y, cuando fijes tus precios, la calculadora de precio por hora.
Preguntas frecuentes
¿Puedo emitir facturas desde Word o Excel?
Hoy sí, mientras cumplan el contenido obligatorio. Los sistemas informáticos de facturación tendrán requisitos adicionales a partir de 2027: lo explicamos en el artículo sobre Verifactu.
¿Qué retención aplico?
Depende de tu actividad y del cliente. Existe un tipo general y otro reducido para los primeros años; confirma el tuyo con tu asesor.
Fuentes consultadas
Historial de cambios: 8 de octubre de 2026 — primera versión.
